NOTICIAS: 15.07.2022
El debate sobre la prohibición de fumar en el coche siempre está sobre la mesa. Aclaramos la legalidad de esta práctica
Marina Baranova
MADRID. El rumor de que la Dirección General de Tráfico (DGT) va a prohibir fumar en el coche ha causando un gran revuelo durante las últimas semanas. Esta idea que suena cada vez con más fuerza tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico, se ha intensificado todavía más con la celebración del Día Mundial sin Tabaco (31 de mayo).
Aunque el Ministerio de Sanidad ha incluido la prohibición de fumar en el coche en el borrador del Plan Integral contra el Tabaquismo 2021-2025; lo cierto es que la ley actual no prohíbe dicha practica, aunque si que puede ser susceptible de sanción si un agente de tráfico interpreta que genera una distracción en el conductor que puede desencadenar en un accidente de tráfico.
Tal como aparece en el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación: «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados».
Dicho esto, a pesar de no estar prohibido, un agente de tráfico puede sancionarte si te ve fumar, encender un cigarrillo o manipular un mechero al volante, e interpreta que tu conducta es una distracción y un peligro para la seguridad vial.
En un futuro cercano veremos si finalmente fumar en el coche pasa a estar directamente prohibido por ley. De momento, debemos esperar a que el borrador del Plan Integral contra el Tabaquismo se apruebe y que su texto definitivo incorpore la prohibición de circular fumando.
Conducir fumando, una práctica muy peligrosa
«Conducir fumando es un riesgo claro, cierto y evidente». Estas palabras dijo Pere Navarro, Director General de Tráfico, en la presentación de la campaña ‘Conducción Responsable; Cerveza SIN’ que tuvo lugar el pasado mes de abril. Y, es que, la postura de la DGT siempre ha sido la misma: evitar este tipo de conductas peligrosas que pueden provocar accidentes con un desenlace fatal.
Según la DGT, un conductor tarda 4,1 segundos en encender un cigarrillo, por lo que circulando a 100 km/h recorre unos 113 metros distraído, sin centrar toda su atención en la carretera. Además, generalmente, un conductor tarda entre tres y cuatro minutos en fumarse un cigarrillo, lo que supone conducir durante seis kilómetros con una sola mano bien colocada en el volante. A esto se suma la distracción que supone tirar la ceniza y apagar el cigarrillo.
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