NOTICIAS: 28.02.2021
La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) advierte del riesgo que supone para la transmisión de la covid-19 que se permita fumar y vapear en las terrazas de la hostelería
A la ausencia de mascarilla durante el consumo de tabaco o cigarrillos electrónicos, hay que sumar el peligro que supone el gesto reiterado de llevarse la mano a la boca.
El pasado mes de agosto Galicia fue la primera comunidad autónoma en instaurar la prohibición de fumar en la vía pública y terrazas de hostelería cuando no se pudiese garantizar la distancia mínima de seguridad de dos metros.
A esta prohibición se han ido sumando poco a poco otras comunidades, pero desde la semFYC califican esta distancia de insuficiente, puesto que se han detectado partículas portadoras de virus capaz de infectar a 4,8 metros, y en ciertas condiciones ambientales, hasta 8 metros.
Además, los médicos de familia recuerdan que, en la práctica, no se cumple en terrazas la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros, ya que “esa distancia debería existir, no ya entre dos mesas, sino entre dos personas incluso dentro de la misma mesa, debiendo considerar también la distancia de seguridad con las personas que transitan al lado de la terraza, o con el mismo camarero que circula entre las mesas”.
“La normativa actual de las terrazas es un poco dudosa y no siempre se cumple”, explica la doctora Vicky Güeto, coordinadora del Grupo de Abordaje al Tabaquismo de la semFYC.
“Muchas terrazas cuentan con elementos móviles que hacen que, en función de su colocación, la terraza pueda llegar convertirse en un espacio semicerrado o incluso cerrado”, añade.
Por ello, la semFYC pide que se prohíba fumar en las terrazas de los establecimientos de hostelería. Una medida que, al amparo del estado de alarma, ya han adoptado algunas comunidades como Baleares, Canarias, Aragón, Asturias o la Comunidad Valenciana.
Cinco comunidades ya han prohibido fumar en las terrazas
En otras regiones, como Navarra, la justicia ha anulado esta prohibición: “el Tribunal Superior de Justicia de Navarra anuló la medida no porque no fuese correcta o necesaria, sino porque no se aportó la documentación necesaria”, explica Güeto, y recuerda que “el derecho a la salud es un derecho que está presente en todas las cartas fundamentales y prevalece sobre la libertad individual de poder fumar”.
Según la doctora, “aunque existan dificultades legales para que algunas comunidades lleven este tipo de medidas a cabo, sí es posible concienciar a la población del riesgo de fumar en terrazas y, de hecho, los fumadores están cada vez más concienciados”.
En el País Vasco, tres asociaciones de hostelería han pedido a sus miembros que eviten el consumo de tabaco en sus terrazas, aunque exista distancia de dos metros entre fumadores y no fumadores con el objetivo de reducir riesgos de contagios en los locales y evitar nuevas medidas restrictivas.
La semFYC insiste en que la vía más segura para garantizar la protección es una ampliación de las leyes reguladoras a nivel estatal, que iguale la normativa en todo el territorio y no se limite al estado de alarma, sino que se establezca de forma definitiva.
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