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¿Cómo hace la DGT un control de drogas a un conductor? Te lo explicamos paso a paso

NOTICIAS: 19.06.2021

Te paran en un control de drogas que está realizando la DGT. ¿Cómo procederán los agentes? ¿qué consecuencias puede tener? Descubre paso a paso como es el proceso.

Madrid. La Dirección General de Tráfico inicia hasta el próximo martes 22 una nueva campaña en la que realizarán más controles para verificar entre los conductores un posible consumo de alcohol y/o drogas.

Según datos que maneja la DGT, en las últimas semanas se han registrado varios accidentes con víctimas mortales en los que los responsables de los mismos han dado positivo en alcohol y/o en drogas.

Control de drogas

Si en los próximos días te paran en un control y te realizan un test para detectar un posible consumo de drogas esta será la forma de proceder por parte de los agentes. En primer lugar te informan de sus derechos y obligaciones y te piden hacer una prueba. Si te niegas pueden pasar dos cosas:

  • Sin síntomas: Diligencias por un posible delito según el artículo 383 del Código Penal (hace referencia a negarse a hacer el test).
  • Con síntomas: A lo anterior se añade lo establecido en el artículo 379,2 (regula el castigo por conducir bajo los efectos de drogas y ciertas sustancias).

Negarse a una prueba de detección de drogas puede suponer prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

Si por el contrario realizas la prueba se toman muestras (saliva) para comprobar posibles indicios y un consumo de reciente de cannabis, cocaína, opiáceos, anfetaminas, metanfetaminas.

Si el resultado es negativo se puede continuar el trayecto, pero si los agentes consideran que hay síntomas en el conductor pueden abrir diligencias por un posible delito según lo recogido en el artículo 379,2 del Código Penal. También es posible inmovilizar el vehículo. Asimismo los agentes realizan un acta sobre posibles signos (evidencias).

Si el resultado es positivo se interpone una denuncia administrativa según recoge el artículo 14 de la Ley de Seguridad Vial. Se produce la inmovilización del vehículo.

En estos dos últimos supuestos se realiza una prueba confirmatoria que consiste en la recogida de una muestra de saliva que se guarda precintada para mantener la cadena de custodia.

Conducir bajo los efectos de drogas

Posteriormente se realiza un test de contraste que consiste en una muestra de sangre a petición del interesado o por la imposibilidad de realizar una prueba confirmatoria. Se manda la muestra al laboratorio para que emita un informe toxicológico. Es lo que se denomina prueba evidencias y es donde quedan recogidos los resultados definitivos.

A partir de aquí se establecen dos supuestos:

  • Vía administrativa: se envían los resultados a la Jefatura Provincial de Tráfico que corresponda.
  • Vía penal: Se envían al juzgado que corresponda.

De forma general, conducir bajo la influencia de drogas puede suponer prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

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